El Ayuntamiento de Valencia ha hecho público el edicto con la propuesta de concesión de ayudas para la creación de nuevos comercios de proximidad y consolidación de los existentes en la ciudad de Valencia.

Aquí puedes consultar el listado

EDICTO PROPUESTA RESOLUCIÓN

A partir de ahora se abre un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, para que las personas interesadas puedan presentar alegaciones.

Por otra parte, y en el mismo plazo, las personas beneficiarias están obligadas a presentar por Registro de Entrada Municipal y dirigida al Servicio Fiscal Gastos, la solicitud de «Alta y Mantenimiento en el Fichero de Personas Acreedoras, Cesionarias, Terceras y Personal Propio». Se trata de un documento que está disponible en la web del Ayuntamiento de Valencia, en el apartado «Trámites y Gestiones», sección «Trámites», «Descarga de Impresos», «Relación con la Administración». Todo esto acompañado de la documentación señalada en la misma solicitud. Si no se presentara el beneficiario en el plazo establecido, se considerará que desiste de la solicitud.

Estas ayudas llegan hasta los 287.000 euros y están destinadas a pequeñas empresas y microempresas. Las ajudes son públicas y de libre concurrencia, y con ellas los comercios podrán financiar sus gastos justificados, derivados de aspectos como la titularidad, el ejercicio, el desarrollo y la mejora del negocio o la actividad comercial. El objetivo es dinamizar la vida comercial de nuestros barrios.

Las ayudas se podrán destinar, por ejemplo,

  • Al pago de alquileres de los locales comerciales,
  • A la realización de cursos de formación del personal,
  • A la implantación de sistemas de calidad comercial o de nuevas tecnologías de gestión empresarial,
  • A la realización de auditorías energéticas o de mejoras del comercio,
  • A la mejora del posicionamento del establecimiento en el mercado,
  • A la mejora o la difusión de la imagen corporativa
  • A la elaboración de material gráfico y documental, entre otros.
Ir al contenido