- La convocatoria de estas subvenciones contempla diferentes acciones “para incentivar el consumo e incrementar las ventas”
- El concejal de Comercio, Santiago Ballester, explica que “con esta iniciativa el Ayuntamiento subvencionará, entre otras campañas, aquellas que persigan la fidelización de la clientela de los comercios y mercados municipales”
- El Ayuntamiento subvencionará el 100% del total de los gastos justificados, hasta un máximo de 20.000 € por entidad solicitante
El Ayuntamiento subvencionará, con 50.000 euros, las actividades de promoción y animación del pequeño comercio de la ciudad que sean impulsadas durante el año 2024 por asociaciones de comerciantes “para incentivar el consumo e incrementar las ventas”. Así lo ha indicado el concejal de Comercio, Santiago Ballester, al dar cuenta de esta convocatoria de ayudas, aprobada por la Junta de Gobierno Local, “para dinamizar las compras y fomentar el asociacionismo”.
En palabras del concejal de Comercio, Santiago Ballester, “con esta iniciativa el Ayuntamiento subvencionará, entre otras campañas, aquellas que persigan la fidelización de la clientela de los comercios y mercados municipales entre el 1 de enero y el 15 de octubre de 2024”. Así mismo, serán objeto de subvención actuaciones para dinamizar el escaparatismo y la exposición atractiva de los productos o nuevas fórmulas, no convencionales de mover las ventas (street marketing).
Por otra parte, tal como consta en las bases de la convocatoria, el Ayuntamiento subvencionará el 100% del total de los gastos específicados y justificados, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación (por ejemplo el IVA), hasta un máximo de 20.000 € por entidad solicitante.
Las subvenciones se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. El plazo de solicitud será de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín oficial de la Provincia (BOP). Podrán concurrir las asociaciones de comerciantes establecidas en la ciudad, legalmente constituidas que, con una antigüedad mínima de un año en el registro, tengan un mínimo de 30 comercios asociados y desarrollen acciones de promoción y dinamización comercial. También pueden pedir estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la promoción y al desarrollo del sector comercial, y las asociaciones y grupos de personas que representen al comercio físicamente agrupado y con un mínimo de ocho tiendas asociadas.